Seguro de Crédito
21 enero, 2019Seguro de Incendio, Sismo y Robo para Empresas
21 enero, 2019Seguro Equipo Móvil Contratista
Este seguro cubre principalmente los daños físicos de los equipos, la Responsabilidad civil por daños corporales y/o materiales causados a terceros por los equipos.
Seguro Equipo Móvil Contratista
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Este seguro cubre principalmente los daños físicos de los equipos, la Responsabilidad civil por daños corporales y/o materiales causados a terceros por los equipos.
Conoce más sobre el Seguro de Equipo Contratista:
Ejemplos de Coberturas
- Equipos de movimiento de tierra como: cargadores frontales, retroexcavadoras, excavadoras, minicargadores, chancadores, cintas transportadoras, etc.
- Equipos de perforación o sondaje: perforadoras de pozos, de prospección minera.
- Equipos de pavimentación: rodillos compactadores, maquinaria asfáltica, betoneras, pavimentadoras.
- Equipos mineros: cargadores de bajo perfil, tuneleras, buldozers, motoniveladoras, cintas transportadoras,chancadores.
- Equipos para la construcción: buldozers, motoniveladoras, grúas torres.
- Equipos para distintos rubros: grúas móviles, torres de iluminación, generadores, y más.
Algunas Condiciones
La contratación de este seguro puede estar sujeta a condiciones de evaluación por parte de las Compañías
- Cubre a todas las máquinas e instalaciones mientras estén trabajando o no, las que se encuentran en proceso de limpieza o revisión, o mientras sean trasladadas por carretera, por ferrocarril o por transbordadores lacustres, fluviales o marítimos cuantos éstos sean extensiones obligadas de caminos públicos.
- Indemniza cualquier daño o pérdida al equipo, como consecuencia de un accidente imprevisto y repentino, que haga necesaria una reparación o reemplazo y cuyo origen sea cualquiera de las siguientes causas externas en las circunstancias de:
- Colisión con objetos en movimiento o estacionarios, volcamiento, descarrilamiento, hundimiento de suelo o de cimentaciones, deslizamiento de tierra y caída de rocas.
- Falta de cuidado, manejo defectuoso o negligencia del respectivo operador.
- Incendio, rayo o explosión.
- Robo, y los daños causados por la perpetración de dicho delito, en cualquiera de sus grados, de consumado, frustrado o tentativo.
- Tempestad, tormenta, huracán, inundación, avenida, maremoto, salida de mar, conmoción terrestre y erupción volcánica.
- Cualquier otro accidente imprevisto y repentino que no se excluya en la póliza.
Coberturas Adicionales
- Gastos Por Salvamento.
- Trabajos Subterráneos.
- Trabajos En Muelles.
- Trabajos En Riberas.
- Gastos Extras.
- Gastos Flete Aéreo.
- Huelga y Motín.
- Terrorismo y muchas otras.
Exclusiones Generales
- Daños o pérdidas que directa o indirectamente sean consecuencia de fallas o defectos que existían al momento de contratarse el seguro y que eran conocidos por el asegurado.
- Daños o pérdidas causados por uso u operación ordinaria de la materia asegurada, tales como desgaste, deformación, corrosión, herrumbre y deterioro por falta de uso o proveniente de las condiciones atmosféricas normales.
- Daños o pérdidas causados por cualquier sobrecarga a que sea sometida la materia asegurada, o por haber sido utilizada con fines distintos de aquellos para los cuales fue diseñada o construida.
- Averías mecánicas o eléctricas, congelación de medios refrigerantes o de otros fluidos, lubricación deficiente o falta de aceite o de refrigerante. Sin embargo, si un accidente ocurre como consecuencia de tales circunstancias causando daños externos, estos últimos serán indemnizables.
- Daños o pérdidas en BETONERAS, que surjan por la fragua del concreto en el tambor excluyendo también el costo de remover el concreto del tambor. Sin embargo, tales daños serán indemnizables, sólo si estos se producen como consecuencia de daños al conjunto de la materia asegurada, cubiertos por esta póliza.
Otras exclusiones a considerar:
- Daños o pérdidas en GRÚAS, que surjan de una operación de elevación conjunta que implique la utilización de más de una grúa a la vez, a menos que se haya obtenido el consentimiento previo y por escrito de la compañía.
- Daños o pérdidas por las que el fabricante, proveedor, vendedor o empresa de reparaciones o de mantenimiento responden legal o contractualmente.
- Faltantes que se constaten al efectuar inventarios físicos o revisiones de control y pérdidas a consecuencia de hurto.
- Daños o pérdidas que experimente la materia asegurada mientras sea transportada por aire o sobre agua, excepto cuando estos sean extensiones obligadas de caminos públicos.
- Daños o pérdidas que sean consecuencia de inundación total o parcial causada por mareas.
- Daños o pérdidas a la materia asegurada mientras ejecute labores o trabajos subterráneos, en muelles, sobre equipos flotantes y en riberas, lechos o cauces donde corran aguas y a orillas de lagos.
- Gastos por salvamento, remoción de escombros, limpieza, trabajos efectuados fuera de horario normal, transportes expresos y flete aéreo.
- Exclusión de Datos Electrónicos NMA 2915.
- Exclusión de Datos Electrónicos.
- Valorización de Portadores de Información Electrónica.